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Introducción Inteligencia Emocional y Prevención de Conductas Delictivas

El concepto Inteligencia Emocional ha cobrado importancia en las últimas décadas y sus postulados han sido aplicados a algunas áreas como la selección de personal en el campo laboral, educación preescolar y escolar en centros educativos infantiles en Estados Unidos de América, tratamiento de pacientes con enfermedades graves, etc. Esta denominación ha sido aportada por Peter Salovey , de la Universidad de Yale, y ha servido para hacer una distinción o diferenciación del concepto “Inteligencia Intelectual”. Este último se refiere al mayor o menor desarrollo de las habilidades cognitivas de los individuos, lo que mide es principalmente el razonamiento lógico-matemático. Por la mecánica de esta forma de describir habilidades, el coeficiente intelectual evalúa considerando al individuo aisladamente de otras variables; por esto es que esta manera de cuantificar aptitudes ha sido calificada de insuficiente y tiende a desaparecer.
Un concepto más acabado de inteligencia emocional se puede encontrar en el Capítulo IV de esta Memoria. En esa parte del trabajo examino con más atención, entre otros, el contenido de la inteligencia emocional.
Sin embargo, y para introducir, quiero dejar planteado que existe actualmente en el nivel académico, una tendencia a hablar y a estudiar lo que se ha llamado Inteligencias Múltiples, que se relaciona directamente con la inteligencia emocional. Estos dos conceptos han venido a restar importancia al coeficiente intelectual, como lo hemos entendido ordinariamente. El modelo de las inteligencias múltiples abarca precisamente muchos tipos y clases de inteligencia, dentro de los cuales cabe la “inteligencia intelectual”. Por esto es que existe la tendencia a dar mayor importancia a “inteligencias” que el modelo de “coeficiente intelectual” no cubre. Numerosos han sido los fundamentos para estimar que el modelo coeficiente intelectual, y su más conocida aplicación, el test de coeficiente intelectual, no sirven para abarcar-comprender a la inteligencia humana. La insuficiencia de este modelo se deja ver en nuestro país. Por ejemplo, las habilidades que se enseñan y exigen a los estudiantes ya no son sólo las que pueden ser medidas a través de un test de coeficiente intelectual; hoy más bien se atiende a una serie de habilidades de otras índoles, por ejemplo, de carácter interrelacional, social, comunicacional; y esto también se está aplicando en otros campos.
Según Daniel Goleman , las habilidades que comprende el concepto inteligencia emocional, son, entre otras, el autodominio, el celo, la capacidad de automotivación, la empatía, entre otras. Esto quiere decir que la inteligencia emocional y el coeficiente emocional abarcan mucho más que una suma de habilidades cognitivas. Se refiere al grado de desarrollo psicológico de un individuo, pero pensado en sociedad, perdiendo importancia el aspecto meramente intelectual-cognitivo en que se basa la antigua concepción de inteligencia. Esta nueva manera de cuantificar la inteligencia ve a la persona como inserta en un todo, en la cual se observa el modo en que ese individuo se desenvuelve dentro y frente a su entorno. Y por eso ha tomado más autoridad en el campo de la investigación de las habilidades personales.
El derecho penal es una rama del derecho público que se nutre de diversas disciplinas. Una de las disciplinas más importantes del mismo es la criminología, que, en uno de sus aspectos, se encarga del estudio empírico del delito. Dentro de los asuntos más inquietantes para la criminología, está el estudio acerca de la prevención de los delitos, que sólo se puede intentar mediante un conocimiento acabado acerca de las causas de los mismos. En la historia de la criminología nunca se ha llegado a ese conocimiento; tan es así que desde sus comienzos se han postulado las tesis más diversas, contradictorias incluso unas con otras. Tal vez eso se debe a que el derecho penal, en general, sólo ha considerado los conocimientos parciales que le dan sus ramas auxiliares o de alguna manera relacionadas, sobre el ser humano y la sociedad.
Para prevenir los delitos, y por lo tanto, constituir un sistema eficiente de control, es necesaria la implementación de políticas sociales que pongan el acento en el ser humano, lo que no se ha hecho hasta el momento. Al contrario, cuando se observa la realidad nacional y mundial, se concluye que la gran mayoría de las políticas preventivas se centra exclusivamente en el fenómeno delictual como un hecho aislado, y tal vez ese sea el motivo por el que, en general, no se ha obtenido los resultados esperados. “La codicia, la adicción a las drogas, la misantropía; podrían ser sustituidas por la generosidad, la conciencia y cuidado por el propio cuerpo, y la filantropía” .
La prevención de conductas delictivas –en lo que hace relación con el rol del Estado- debe ser abarcada, según mi perspectiva, desde o en la elaboración misma de las políticas sociales, y no aisladamente a través de una “política criminal”. Justamente, porque creo que la comisión de delitos tiene que ver con el “bienestar”, no me refiero con ello al bienestar económico, sino al que tiene que ver con el desarrollo de la personalidad en todas sus dimensiones. Las políticas sociales deben propender a este desarrollo, y este último no como responsabilidad exclusiva ni excluyente del Estado, sino como una de sus funciones y como uno de sus agentes, respectivamente. Dentro del campo de las políticas sociales incluyo como las más importantes, políticas de vivienda que satisfagan al menos estándares mínimos de calidad y capacidad, políticas que permitan contar con un sistema digno y justo de ingresos y salarios; políticas que garanticen educación de calidad, etc. Estos son lugares comunes, pero si lo siguen siendo, es porque aún no están plenamente cubiertos. Esto no implica un Estado benefactor, por cierto, sino uno que sabe dónde invertir sus recursos para cumplir con una de sus funciones, cual es propender al bien común. Estas políticas no son la única vía –ni el Estado el único responsable, como ya señalé- para prevenir delitos, pero constituyen un importante aporte a este cometido. Creo que la comisión de delitos puede deberse a diversos factores, y por ello es que una “política criminal” siempre va a ser insuficiente.
Los postulados sobre inteligencia emocional; buscan el óptimo e integral desarrollo del individuo, pretenden aislar y minimizar los factores de desintegración social e individual, entre los cuales se encuentra la comisión de delitos, que a la vez es consecuencia de esa desintegración. Por otro lado, también tiende esta nueva manera de concebir la inteligencia, a crear redes que acojan a las personas con situaciones individuales conflictuales, que en este campo se pueden aplicar para prevenir delitos, y para dar el tratamiento adecuado a fin de conseguir la adaptación de estas personas a su entorno una vez que han salido de lo que en ese espacio es considerado socialmente aceptable.
Uno de los pilares de mi investigación radica en descubrir cuáles son los factores que inciden en la comisión de delitos, analizar estos factores a la luz de la experiencia del estudio criminológico -aún cuando en el párrafo anterior esbocé lo que creo es una aproximación a algunas de las causas de comisión de delitos- y confrontarlos con los conocimientos sobre inteligencia emocional que se han acumulado hasta este momento.
Todo esto con el objetivo de buscar y proponer nuevas vías para prevenir las conductas delictivas, teniendo en cuenta particularmente que no hay manera de eliminarlas totalmente; pero ya no sólo desde las soluciones que dan las ramas de estudio del derecho criminal, sino buscando estas mismas en las disciplinas que ven al individuo como un todo y que persiguen las soluciones donde el derecho criminal en general no ha indagado. “Esta es una tarea que debe ser abordada urgentemente” .
La rehabilitación, por cierto, constituye un eje importante en estas materias, y también se cuenta dentro de los objetivos de mi investigación.
El análisis comprenderá el estudio de tratados sobre derecho penal, en los que se abordan la teoría del delito, la teoría de la pena; así como también conocimientos criminológicos sobre aspectos de interés para este trabajo. Y por sobre todo, conocimientos acerca de la inteligencia emocional, tema que ha sido desarrollado por autores como Daniel Goleman, Peter Salovey, Catherine Lewis, entre otros. Todo esto respaldado, por supuesto, por análisis de las realidades actuales, sobre todo a nivel regional y nacional.
Hay muchos campos concernientes al Derecho, y al Derecho Penal particularmente, en los que se pueden aplicar los contenidos de Inteligencia Emocional, y en este trabajo señalaré someramente algunos ejemplos. Los tiempos que corren me hacen creer que no pasará mucho antes que los postulados que aquí expongo comiencen a ser aplicados no sólo en estas áreas, sino en muchas otras, porque dicen relación con un cambio de época cuyos primeros signos se dejan ver.
Me ha motivado este tema, pues me he dado cuenta, a lo largo de mi carrera, y sobre todo ahora, que es muy poco lo que se ha investigado y escrito al respecto, y principalmente, mediante este trabajo pretendo dejar un aporte que sirva para tratar los asuntos de la prevención de las conductas delictivas y rehabilitación desde una nueva mirada que contribuya a mejorar la calidad de vida. La expresión calidad de vida se refiere a una suma de factores que hacen que el paso de cada ser humano por la Tierra sea una experiencia en la que se pueda desplegar todo el potencial material, intelectual, psicológico y espiritual.
Las teorías acerca de la comisión de delitos que hasta ahora se han intentado, han sido parciales a la hora de enfrentar el fenómeno delictivo, y, creo que por lo mismo no han dado con la solución. Yo no voy a tener la soberbia de pensar que sí lo he hecho, al contrario, quiero tener la humildad de tomar lo que creo mejor de cada una de ellas para elaborar una tesis que es muy coherente con lo que se conoce ya, pero que a la vez reúne un conocimiento un poco más acabado del ser humano, sin despreciar alguno, para ponerlo al servicio de una actividad que me apasiona como el derecho penal, incluidas todas sus disciplinas, pero principalmente al servicio de los ideales que creo que muchos compartimos: La Justicia y la Fraternidad.
El método expositivo que sigo es uno que quizás parezca curioso, por cuanto desarrollo los temas de una forma más o menos independiente. Uno de los motivos para ello radica en que plantear una relación de todos y cada uno de los tópicos con los demás que comprende mi tesis, es una tarea larga, que por los lineamientos de esta empresa no voy a abordar ahora. Aunque sí es posible establecer esas relaciones, porque estoy tratando de fenómenos que afectan a seres humanos. Esa premisa básica ya es suficiente para establecer los nexos que acá aparentemente faltan.
Pero hay una motivación más de fondo por la cual los temas tienen un tratamiento, como ya dije, aparentemente aislado: de la totalidad de mi trabajo (de la visión global que se tenga luego de su examen) –y no de cada una de sus partes- se puede inferir su propósito, y sin embargo, cada una de sus partes es un elemento determinante para constituirlo. Esta relación parte-totalidad-, tan obvia, por su frecuencia, creo que debe ser estudiada y aplicada como herramienta de incremento de calidad de vida.